- Consulta oficial a catastro: realizas una consulta oficial en la página del gobierno. Sólo tienes que introducir los datos de localización del inmueble.
- Consulta a servicios web de terceros: realizas una consulta al servicio goolzoom. A través de este enlace puedes localizar tu inmueble como lo harías en Google Maps. Una vez localizado tienes que pulsar sobre la opción Castatro y marcar la casilla catastro. Ahora cuando pulses sobre tu inmueble aparecerá un desplegable con la referencia catastral del mismo. Si haces clic sobre la referencia catastral se abre la ficha catastral del inmueble desde la página oficial del gobierno.
Preguntas frecuentes Obligaciones del propietario
Según el Proyecto de Real Decreto para la Certificación Energética de Edificios Existentes a partir del 1 de junio el certificado de eficiencia energética será exigible en todos los contratos de compraventa o de alquiler.
Antes de realizar la venta o alquiler de cualquier inmueble, éste habrá de tener su correspondiente certificado de eficiencia energética, dado que forma parte de la información básica que el vendedor o arrendador debe facilitar al comprador o inquilino de cara a la compra o el alquiler del inmueble.
El promotor o propietario del inmueble será el responsable de encargar y conservar el certificado de eficiencia energética. También es éste el responsable de la renovación del mismo en los supuestos de pérdida de validez.
No, se exige la exhibición de la etiqueta energética en cualquier tipo de anuncio... carteles en viviendas, agencias inmobiliarias, portales web o medios escritos, entre otros.
En el caso de una venta, el vendedor debe entregar al comprador el original del certificado en acto notarial. En el caso de alquiler, el propietario del inmueble debe poseer copia original del certificado. Es suficiente con dar una copia del certificado al inquilino como anexo al contrato de arrendamiento.
El certificado de eficiencia energética y la correspondiente etiqueta energética tienen una validez de 10 años. Es responsabilidad del propietario renovar el certificado y, por tanto la etiqueta, en los siguientes supuestos:
- Una vez transcurran los 10 años de validez. Si necesitas renovarlo, puedes hacerlo a través de nuestros servicios de certificación.
- En caso de realizar modificaciones o mejoras en los inmuebles certificados, que puedan afectar a la calificación energética de los mismos. Si tienes previsto realizar alguna modificación o mejora en tus inmuebles certificados, puedes hacerlo a través de nuestros servicios de continuidad.